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martes, 22 de julio de 2014
AFICHES PEGADOS POR LOS ESTUDIANTES SOBRE LA TRIBUTACIÓN DE LA EMPRESA
AFICHES UTILIZADOS
ESTA FÁBRICA INFORMAL QUE NO TRIBUTA A LA SUNAT
SE INCENDIÓ QUEDA MUY CERCA A NUESTRA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CERRANDO FÁBRICA CERCANA A NUESTRA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
PREPARANDO LOS PAPELOTES PARA PEGARLOS
FÁBRICA DE PLÁSTICOS INFORMALES EN SANTA MARTHA
INFORMALIDAD EN EL REAL PLAZA DE VITARTE
PROYECTO: BENEFICIOS QUE RECIBE EL TRABAJADOR DE UNA EMPRESA QUE TRIBUTA
PROYECTO PARTICIPATIVO
- SUMILLA
DATOS IMPORTANTES:
- Institución Educativa: Nº 0031 Robert F. Kennedy
- Áreas: Formación cívica y Ciudadana, Ciencias Sociales
- Docente: Ángela Díaz Chirinos
FINALIDAD: La
finalidad del proyecto es que los estudiantes entiendan la
importancia de tributar de las empresas legalmente constituidas.
OBJETIVOS:
El objetivo es que los
estudiantes internalicen que tributar trae beneficios para el mismo,
ya que mejora su condición económica, su salud y su educación
RESULTADOS ESPERADOS:
Estudiantes concientizados,
que conozcan los beneficios que trae el tributar
- JUSTIFICACIÓN
Existen muchas fábricas alrededor de la
Institución Educativa y por lo que observamos podemos presumir que
muchas de estas empresas no funcionan formalmente. Lo cual genera
los siguientes problemas: Muchos de los padres de los estudiantes de
la Institución Educativa, trabajan en estas fábricas y como
consecuencias no se les paga de acuerdo a ley no tienen seguro social
y esto repercute en la economía de la familia.
Lo que se quiere lograr es que los
estudiantes comprendan es cómo influye el hecho de que existan
empresas informarles y cómo esto afecta a su vida familiar.
- OBJETIVOS
.
- GeneralConocer las consecuencias de la no tributación a la SUNAT por parte de empresas informalesEspecíficosIdentificar las causas por la que no tributan las empresasReconocer los beneficios que trae al entorno cercano el tributarConocer los tipos de tributación
- BENEFICIARIOS
Los
beneficiarios serán las familias de los estudiantes ya que ellos
estarán informados que cuando laboran en empresas constituidas
formalmente y que tributan tendrán muchos más beneficios de una
empresa informal.
Los
estudiantes se verán beneficiados ya que serán ciudadanos
conscientes de la importancia de tributar para el desarrollo de su
familia y del país.
- PLAN DE ACTIVIDADESY RESULTADOS ESPERADOS
- ACTIVIDADESRESULTADOS ESPERADOSRESPONSABLESCRONOGRAMASEMANAS1234567Reconocer las empresas formales e informales del entornoTener una lista de empresas formales e informales cercanas a la Institución EducativaLos docentes y los estudiantesXXRealizar un cuestionario a los trabajadores de los beneficios sociales que le brinda la empresa donde trabajaIdentificar los beneficios que reciben los trabajadores de empresas formales y que reciben los trabajadores de empresas informarlesLos estudiantesXXCuestionario de por qué no tributan las empresasReconocer las causas por la que no tributan las empresasLos estudiantesXXPresentar un vídeo del trabajoPresentar un resumen final del trabajoLos estudiantesX
- PLAN DE COMUNICACIÓN
- PLAN DE COMUNICACIÓN DEL PROYECTOQUÉ¿Qué tendrá comunicar?QUIÉN¿Quién será imposible de efectuar la comunicación?CUÁNDOMomentos en que se realizará la comunicaciónMEDIOCanales a utilizar para la comunicaciónLas actividades que realizarán para identificar las empresas formales e informalesEl docente responsable y los estudiantesAl inicio del proyectoBlog:Facebook.comAfichesLos beneficios de los trabajadores que laboran en empresas formalesLos estudiantesLa tercera y cuarta semana de ejecución del proyectoBlog:Facebook.comAfichesPor qué no tributan las empresasLos estudiantesLa quinta y sexta semana de ejecución del proyectoBlog:Facebook.comAfichesEl vídeo del trabajo final del proyectoLos estudiantesLa séptima semana de ejecución del proyectoBlog:Facebook.comAfiches
- PLAN DE PRESUPUESTO
PLAN
DE PRESUPUESTO DEL PROYECTO
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RECURSOS
Y/O MATERIALES
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INGRESOS
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Ene.
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Feb.
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Mar.
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Abr.
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Jun.
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Jul.
|
Ago.
|
Sept.
|
Oct.
|
Nov.
|
Dic.
|
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Donación
de papelotes afiches
|
5.00
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Actividad
económica
|
45.0
|
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TOTAL
DE INGRESOS
|
50
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RECURSOS
Y/O MATERIALES
|
GASTOS
|
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Cuestionarios
impresos
|
5.00
|
|||||||||||||||||
Papelotes
afiches
|
5.00
|
|||||||||||||||||
Pasajes
|
30.0
|
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Internet
|
10.0
|
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TOTAL
DE GASTOS
|
S/50
|
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INGRESOS
- GASTOS
|
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jueves, 26 de junio de 2014
Enlaces Bibliográficos de la Unidad 1
LA SUNAT - CULTURA TRIBUTARIA
CULTURA ADUANERA Y TRIBUTARIA
http://cultura.sunat.gob.pe/
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE CHICLAYO
SATCH
http://www.satch.gob.pe/informacionTribNoTrib/cobranzaCoactiva/
Cobranza Coactiva
Aunque la denominación correcta es la de Dpto. de Ejecución
Coactiva, los administrados y el público en general, la conocen más como
Dpto. de Cobranza Coactiva.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
http://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=287&Itemid=100852
- ¿Qué es Cobranza Coactiva?
- ¿Cuál es la función del Dpto. de Ejecución Coactiva?
- ¿Quién es el titular del procedimiento de Ejecución Coactiva?
- ¿El Ejecutor Coactivo está facultado legalmente para trabar algún tipo de embargo?
- ¿En qué momento el Ejecutor Coactivo puede disponer un embargo?
- Si he sido objeto de un embargo sobre mis bienes, ¿Qué sucederá con estos?
- ¿Existe alguna facilidad de pago para las deudas en cobranza coactiva?
¿Qué es Cobranza Coactiva?
Es la facultad que tiene la Administración Tributaria para efectuar la cobranza de las obligaciones tributarias utilizando los mecanismos coercitivos legales, como con los embargos sobre cualquiera de los bienes muebles o inmuebles de propiedad de los contribuyentes morosos, con la finalidad de obtener la recuperación total de sus obligaciones impagas.¿Cuál es la función del Dpto. de Ejecución Coactiva?
Este departamento se encarga de la recuperación, vía procedimiento de ejecución coactiva, de las obligaciones pecuniarias, como son: Impuesto Predial, Arbitrios, Alcabala, Vehicular, Multas de Tránsito, Tributarias y Administrativas, etc.; así como de la ejecución de obligaciones no pecuniarias como son: las clausuras de locales, demoliciones, paralizaciones de obra, etc.¿Quién es el titular del procedimiento de Ejecución Coactiva?
El Ejecutor Coactiva es el titular del procedimiento de ejecución coactiva, quien se encarga de su desarrollo y de disponer las medidas de embargo que considere necesarias para la recuperación de la deuda, a su vez es asistido por el auxiliar coactivo.¿El Ejecutor Coactivo está facultado legalmente para trabar algún tipo de embargo?
De conformidad con el Art.3º de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, el Ejecutor Coactivo está facultado para disponer las medidas de embargo contenidas en el Art. 33º de la misma ley, y pueden consistir en:- Embargo en forma de secuestro o depósito, sobre los bienes del obligado que se encuentra en su domicilio o en cualquier otro establecimiento.
- Inscripción de bienes muebles e inmuebles, en los Registros Públicos.
- Retenciones, de cuentas bancarias u otros derechos de crédito o de la renta que pagan los inquilinos al obligado.
- Intervenciones, en información, administración o recaudación; entre otras medidas.
¿En qué momento el Ejecutor Coactivo puede disponer un embargo?
Únicamente se puede trabar una medida de embargo cuando se haya iniciado un procedimiento de ejecución coactiva y se haya vencido el plazo legal de siete (07) días hábiles de notificada la resolución que indica el procedimiento y que requiere el pago, sin que el obligado haya cumplido con cancelar su deuda. La resolución de inicio del procedimiento deberá estar correctamente emitida y notificada. Esta notificación es la única exigida por Ley, no siendo necesario realizar ninguna notificación adicional para ordenar un embargo.Si he sido objeto de un embargo sobre mis bienes, ¿Qué sucederá con estos?
De no cumplir con la cancelación de sus tributos, se procederá a la ejecución forzada de las medidas de embargo que se hubieran trabado, hasta llegar al remate público de los bienes afectados.¿Existe alguna facilidad de pago para las deudas en cobranza coactiva?
El Dpto. de Ejecución Coactiva no se encuentra en la obligación de conceder ningún tipo de facilidades de pago para aquellas deudas que se encuentran en cobranza coactiva y que hayan sido materia de ejecución de alguna medida cautelar de embargo; los contribuyentes, únicamente podrán acogerse a las facilidades de pago o beneficios tributarios que se proporcionen de manera general, mediante Ordenanza Municipal, emitida por el Gobierno Provincial de Chiclayo (amnistías o beneficios tributarios).MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
http://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=287&Itemid=100852
Definiciones
¿Qué es un arancel?
Un arancel es
un impuesto o gravamen que se aplica solo a los bienes que son
importados o exportados. El más usual es el que se cobra sobre las
importaciones; en el caso del Perú y muchos otros países, no se aplican
aranceles a las exportaciones.
En el Perú los
aranceles son aplicados a las importaciones registradas en las
subpartidas nacionales del Arancel de Aduanas. La nomenclatura vigente
es la del Arancel de Aduanas 2012, aprobado mediante Decreto Supremo N°
238-2011-EF publicado el 24 de diciembre de 2011 y puesto en vigencia a
partir del 01 de enero de 2012, norma que derogó el Arancel de Aduanas
2007. El Arancel de Aduanas 2012 ha sido elaborado en base a la Quinta
Recomendación de Enmienda del Consejo de Cooperación Aduanera de la
Organización Mundial de Aduanas (OMA) y a la nueva Nomenclatura ANDINA
(NANDINA) aprobada mediante Decisión 766 de la Comunidad Andina de
Naciones (CAN), las cuales también entraron en vigencia el 01 de enero
de 2012.
El Arancel de
Aduanas del Perú comprende en la actualidad a 7 554 subpartidas
nacionales a 10 dígitos, las que se encuentran contenidas en 21
Secciones y 98 Capítulos; el último de ellos corresponde a mercancías
con algún tipo de tratamiento especial. La estructura del Arancel de
Aduanas incluye el código de subpartida nacional, la descripción de la
mercancía y el derecho ad-valorem. Los derechos ad-valorem son
expresados en porcentaje, los que se aplican sobre el valor CIF (Cost,
Insurance and Freight, “Costo, Seguro y Flete”) de importación.
¿Cuáles son los tipos de aranceles?
Existen dos
tipos de aranceles, ad-valorem y los aranceles específicos. A partir de
la combinación de ellos, se genera el arancel mixto.
- Arancel ad-valorem es el que se calcula como un porcentaje del valor de la importación CIF, es decir, del valor de la importación que incluye costo, seguro y flete
- Arancel específico es el que calcula como una determinada cantidad de unidades monetarias por unidad de volumen de importación
- "Arancel mixto" es el que está compuesto por un arancel ad-valorem y un arancel específico
En nuestro
país, los niveles arancelarios ad-valorem aplicados a terceros países
(nación más favorecida, NMF) para el 100 por ciento del universo
arancelario son de tasas arancelarias de 0, 6 y 11 por ciento (ver
Cuadro 1). Es de resaltar que el 56 por ciento de este universo
arancelario, representando el 73 por ciento en términos de valor de las
importaciones del año 2013, se encuentra sujeto a un arancel de cero por
ciento. El arancel promedio nominal es 3.2 por ciento (el promedio
ponderado por importaciones es de 1.8 por ciento) y la dispersión
arancelaria es 3.8 puntos porcentuales.
Cuadro 1
Perú: Estructura Arancelaria
Perú: Estructura Arancelaria
Actualmente
existe el Sistema de Franjas Agropecuarias, el cual incluye 47
subpartidas nacionales a 10 dígitos, relativas a azúcar, maíz, arroz y
algunos lácteos, el cual permite aplicar aranceles específicos variables
(en función de cuán por debajo del precio piso de la banda esté el
precio de referencia de importación internacional), así como realizar
descuentos en el arancel ad-valorem, cuando el precio de referencia
internacional supera el precio techo de la banda.
¿Quién fija la política arancelaria del Estado?
De acuerdo al
artículo 74 y al inciso 20) del artículo 118 de la Constitución Política
del Perú, la facultad de regular la política arancelaria pertenece al
Poder Ejecutivo, siendo el Presidente de la República el que tiene la
función de regular los aranceles. De acuerdo a la Ley Orgánica del
Ministerio de Economía y Finanzas, éste ostenta la competencia en
política arancelaria.
¿Quiénes pagan aranceles?
Las personas y
empresas residentes y no residentes que realizan actividades de
importación al Perú de bienes afectos al pago de derechos arancelarios a
través de las aduanas de la República.
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
¿Que es una patente?
Una patente es un derecho exclusivo concedido a una
invención, que es el producto o proceso que ofrece una nueva manera de hacer
algo, o una nueva solución técnica a un problema
¿Cómo actúa una patente?
Una patente proporciona protección para la invención al
titular de la patente. La protección se concede durante un período limitado que
suele ser de 20 años.
¿Qué tipo de protección ofrece
una patente ?
La protección de una patente significa que la invención no
puede ser confeccionada, utilizada, distribuida o vencida comercialmente sin el
consentimiento del titular de la patente. El cumplimiento de los derechos de
patente normalmente se hace respetar en los tribunales que, en la mayoría de
los sistemas, tienen la potestad de sancionar las infracciones a la patente.
Del mismo modo, un tribunal puede asimismo declarar no válida una patente si un
tercero obtiene satisfacción en un litigio relacionado con la patente.
¿De qué derechos goza el titular
de una patente?
El titular de una patente tiene el derecho de decidir quien
puede -o no puede- utilizar la invención patentada durante el período en el que
está protegida la invención. El titular de la patente puede dar su permiso, o
licencia, a terceros para utilizar la invención de conformidad con términos establecidos de común acuerdo.
El titular puede asimismo vender el derecho a la invención a un tercero, que se
convertirá en el nuevo titular de la patente. Cuando la patente expira, expira
asimismo la protección y la invención pasa a pertenecer al dominio público; es
decir, el titular deja de detentar derechos exclusivos sobre la invención, que
pasa a estar disponible para la explotación comercial por parte de terceros.
¿Por qué son necesarias las
patentes?
Las patentes constituyen incentivos para las personas, ya
que les ofrece reconocimiento por su creatividad y recompensas materiales por
sus invenciones comercializables. Estos incentivos alientan la innovación, que
garantiza la mejora constante de la calidad de la vida humana.
¿Qué función desempeñan las
patentes en la vida cotidiana?
Las invenciones patentadas han invadido todos los aspectos
de la vida humana, desde la luz eléctrica (cuyas patentes detentaban Edison y
Swan) al plástico (cuyas patentes detentaba Baekeland), pasando por el
bolígrafo (cuyas patentes detentaba Biro) y los microprocesadores (cuyas
patentes detentaba intel), por ejemplo.
Todos los titulares de patentes deben, a cambio de la
protección de la patente, publicar información sobre su invención, a fin de enriquecer
el cuerpo total de conocimiento técnico del mundo. Este creciente volumen de
conocimiento público promueve una mayor creatividad e innovación en otras
personas. Así pues, las patentes proporcionan no solo protección e inspiración
valiosa para las futuras generaciones de investigadores e inventores.
¿Cómo se concede una patente?
El primer paso para obtener consiste en presentar una
solicitud de patente. La solicitud de patente contiene, por lo gral, el título
de la invención, así como una indicación sobre su ámbito técnico; debe incluir
los antecedentes y una descripción de la invención, en un lenguaje claro y con
detalles suficientes para que una persona con un conocimiento medio del ámbito
en cuestión pueda utilizar o reproducir la invención. Estas descripciones están
acompañadas, generalmente, por materiales visuales como dibujos, planos o
diagramas que contribuyen a describir mas adecuadamente la invención. La
solicitud contiene asimismo vs. “Reivindicaciones”, es decir, la información
que determina el alcance de protección que concede la patente.
¿Qué tipo de invenciones pueden
ser protegidas?
Una invención debe, por lo general, satisfacer las
siguientes condiciones para ser protegida por una patente: debe tener uso
práctico; debe presentar asimismo un elemento de novedad; es decir, alguna
característica nueva que no se conozca en el cuerpo de conocimiento existente
en su ámbito técnico. Este cuerpo de conocimiento existente se llama “estado de
la técnica”. La invención debe presentar un paso inventivo que no podría ser
deducido por una persona con un conocimiento medio del ámbito técnico.
Finalmente, su materia debe ser aceptada como “patentable” de conformidad a
derecho. En numerosos países, las teorías científicas, los métodos matemáticos,
las obtenciones vegetales o animales,
los descubrimientos de sustancias naturales, los métodos comerciales o métodos
para el tratamiento medico (en oposición a productos médicos) por lo general,
no son patentables.
¿Quién concede las patentes?
Las patentes son concedidas por una Oficina nacional de
patentes o por una Oficina regional que trabaja para varios países, como la
Oficina Europea de patentes y la Organización Regional Africana de la Propiedad
Industrial. De conformidad con dichos sistemas regionales, un solicitante pide
protección para la invención en uno a más países y cada país decide si brinda
protección a la patente dentro de sus fronteras . El tratado de Cooperación en
materia de Patentes (PCT), administrado por la OMPI, estipula que se presente
una única solicitud internacional de
patente que tiene el mismo efecto que las solicitudes nacionales presentadas en
los países designados. Un solicitante que desee protección puede presentar una
única solicitud y pedir protección en tantos países signatarios como sea necesario.
GUÍAS DE ARANCEL
2. AD-Valorem
Los derechos AD-VALOREM, o "según su valor" consisten en un
porcentaje sobre el valor de la mercancía. Es la forma de tipo
impositivo más común. En este caso la Base Imponible viene constituida
por el valor en aduana. El valor en Aduana que a su vezs viene
determinado por el valor de importación CIF (CÓDIGO INCOTERMS) que
incluye coste, seguro y fletes. No se tiene en cuenta las unidades de
peso o medida. Este método se caracteriza por su progresividad en la
cantidad recaudada por el Estado porque a mayor valor de la mercancía,
se tiene que pagar más de arancel y además asegura un mayor nivel de
ingresos en los casos de mercancías que tengan añadido más tecnología,
dado estas se van a corresponder con mercancías de mayor precio y por lo
tanto aumento de la recaudación.
Por ejemplo:
La partida 8703.32.19.00 (automóviles nuevos con una cilindrada superior a 1.500 cm3 pero inferior o igual a 2.500 cm3) tiene un arancel del 10 %.
Para una mercancía con un valor CIF (coste, seguro y flete) de 1.500 € el derecho de arancel seria:
Por ejemplo:
La partida 8703.32.19.00 (automóviles nuevos con una cilindrada superior a 1.500 cm3 pero inferior o igual a 2.500 cm3) tiene un arancel del 10 %.
Para una mercancía con un valor CIF (coste, seguro y flete) de 1.500 € el derecho de arancel seria:
1.500 * 10 % = 150 €
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